Un runner quiso escapar de la policía pero no fue tan rápido y lo atraparon
Un corredor violó la cuarentena y el aislamiento obligatorio, pero fue perseguido por agentes de seguridad. Intentó evadirlos, pero tras 500 metros fue apresado.
Lamentablemente, siguen reportándose los casos de runners que violan la cuarentena obligatoria y restándole importancia a la pandemia por coronavirus, salen a correr.
Pero sucedió un caso que causa gracia: un corredor se creyó Usain Bolt o Eliud Kipchoge y pensó que con su velocidad podría evitar a la policía, pero obviamente no tuvo ese ritmo y terminó en la comisaría.
Sucedió en la localidad de Segovia, en España, cuando tras varias denuncias de los vecinos, agentes de seguridad salieron por un barrio de Las Lastras a patrullar la zona.
Hay que tener en cuenta que en la zona, el aislamiento social y el comportamiento es ejemplar, por lo que la persona que quebró las normas llamó rápidamente la atención.
Con la firme intención de cortale el paso al corredor, varios intentaron pararle, pero el runner aceleró y creyó dejarlos atrás, tomando por diferentes caminos y senderos. Luego de recorrer 500 metros, casi exclama “victoria”, pero de golpe se dio cuenta que lo habían alcanzado y cercado, quitándole las chances de huir.
De esta manera, terminó siendo detenido entonces, como presunto autor de un delito de desobediencia grave, dado que el running es una práctica no permitida por el Real Decreto 463/2020, de declaración del estado de alarma.
De acuerdo a lo establecido por el Gobierno de España y según el artículo 7 del decreto de estado de alarma, se especifica que las personas únicamente podrán circular por las vías de uso público para la realización de las siguientes actividades: Adquisición de alimentos, productos farmacéuticos y de primera necesidad, asistencia a centros, servicios y establecimientos sanitarios, desplazamiento al lugar de trabajo para efectuar su prestación laboral, profesional o empresarial, retorno al lugar de residencia habitual; asistencia y cuidado a mayores, menores, dependientes, personas con discapacidad o personas especialmente vulnerables, desplazamiento a entidades financieras y de seguros o por causa de fuerza mayor o situación de necesidad.
Hacé tu comentario